viernes, 17 de julio de 2009

"ANTICONCEPTIVOS" QUE EN REALIDAD SON ABORTIVOS

miércoles, 25 de julio de 2007

ImageEl 40% de las mujeres no utilizaría un método que puede actuar, en ocasiones, después de la fecundación, ha dicho Cristina López del Burgo, doctora en Medicina y profesora ayudante del Departamento de Medicina Preventiva y salud Pública de la Universidad de Navarra. "Existen evidencias científicas de que los anticonceptivos orales, la Píldora del día Después (PDD) y el dispositivo intrauterino (DIU) pueden, en ocasiones, actuar de esa manera, es decir, provocando un aborto precoz".


Respecto a métodos que pueden actuar después de la implantación del embrión en el útero, provocando también un aborto, el 57% de las mujeres refiere que no los utilizaría.

El estudio se realizó el año pasado mediante un cuestionario anónimo sobre planificación familiar a 725 mujeres en edad fértil de centros de salud de Pamplona. Del análisis estadístico se desprende que menos del 5% de las mujeres encuestadas conocía que tanto los anticonceptivos orales como el DIU pueden actuar en ocasiones tras la fecundación. La mayoría cree que la píldora, el DIU y la píldora del día después actúan como meros anticonceptivos.

“La mayoría de la información suele centrarse principalmente en la eficacia o en algunos aspectos secundarios o en el modo de utilización, olvidándose en muchas ocasiones de explicar los mecanismos de acción para evitar el embarazo”.

No es un tema baladí, porque el hecho de que muchos‘anticonceptivos’ puedan impedir la implantación “tiene importantes implicaciones éticas, puesto que se trata de interrumpir el desarrollo de una nueva vida humana”, sostiene Cristina López del Burgo.

Igualmente recuerda que en el consentimiento informado se debe explicar al paciente todo aquello que resulte relevante para él. Por ejemplo, en una operación ordinaria, es relevante conocer que la anestesia podría provocar la muerte, aunque las probabilidades sean remotas. “De igual manera, el riesgo de que un método de planificación familiar provoque la muerte de un embrión (por ejemplo, impidiendo la implantación), aunque sea bajo, puede resultar importante para algunas mujeres, y especialmente para aquellas que opinan que la vida comienza con la fecundación. No informar sobre algunos aspectos que pueden condicionar la elección del paciente se considera una falta de ética profesional y cuestiona la autonomía del propio paciente”, concluye.

En todo caso, la conclusión es clara: el consentimiento informado, tanto del DIU como de la PDD, debería incluir la existencia del riesgo de que el método actúe de manera antiimplantatoria, por el respeto a la autonomía del paciente y a la ética profesional.

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