Un informe afirma la “necesidad” de “reducir y seleccionar los nacimientos”
Las asociaciones familiares consideran que se trata de "políticas neomalthusianas de control demográfico", y manifestaron su "rotundo rechazo" hacia ellas.
Con motivo de la presentación de un informe (documento 11992 del 05-08-09), relativo a la aplicación de los planes de control demográfico puestos en marcha en la Conferencia de la ONU en El Cairo(1994), por parte de Christine McCafferty el pasado 5 de agosto al Social, Health a nd Family Affairs Committee del Consejo, el Foro ha hecho pública una carta de rechazo.
Esta carta, dirigida a Maud de Boer-Buquicchio, secretaria general del Consejo de Europa, y ha sido puesta en conocimiento de todos los parlamentarios italianos.
En las carta se explica que la salud procreativa comprende el conjunto de intervenciones preventivas y terapéuticas destinadas a la promoción de las condiciones físicas, psíquicas, socioeconómicas y ambientales óptimas para la concepción, el embarazo y el nacimiento.
En cambio, el término ambiguo de "salud reproductiva", unido al de "derechos reproductivos" (para indicar el acceso a la contracepción, el aborto seguro, la esterilización y la fecundación artificial) introducido en las Conferencias Internacionales de la ONU, ha traído una mentalidad antivida y antipersona, que ha penetrado ya también en las resoluciones de los países europeos.
"Nuestro desacuerdo y nuestras preocupaciones - explica Francesco Belletti, presidente del Foro - nacen de las siguientes consideraciones: la filosofía subyacente al documento es neo-malthusiana (§ 33-37), por lo que la lucha contra la pobreza se realiza eliminando las bocas que alimentar. La fecundidad humana y el crecimiento de la población son "una amenaza a la salud humana, el desarrollo social y económico, y el medio ambiente" (§ 33)".
El documento presentado está orientado a:
- financiar ONGs para la planificación de la natalidad (§ 54).
- promover el aborto ("nuevos medios" de control de los nacimientos) y su legalización a través de:
a) la promoción - debida a los Estados - del concepto de "derechos reproductivos",
b) la oferta de garantía de que el aborto se realice de forma segura, pidiendo a los Estados miembros que legislen al respecto (derecho a tener un aborto seguro).
c) como derecho reproductivo, en general
d) como instrumento de control de los nacimientos: en el sentido de la planificación familiar (§ 26).
e) en el sentido de control de crecimiento de la población (aborto seguro y "contracepción de emergencia"), cfr. sumario inicial.
f) a través de financiaciones públicas (§ 20 y otros)
- introduce y reproduce sistemática y programáticamente los términos clave de "derechos sexuales y reproductivos" del IPPF (International Planned Parenthood Federation).
Quiere obligar a los Estados miembros (§ 16) a emprender acciones para los "derechos reproductivos".
Intercepta y tiende a modificar, alargándola - entrando en el ordenamiento jurídico reservado a un estado miembro (Italia) - la Ley 40/2004, a propósito de la disponibilidad a cualquiera para acceder a las técnicas de cura de la infertilidad (§41).
Dedica más párrafos a la "no discriminación de género". Expropia a la familia de cualquier rol educativo en el campo sexual y reproductivo, atribuyéndolo a la escolarización y a los servicios públicos. Contradice, planificando el control de la población, los objetivos de recuperación de la fecundidad en Europa.
[Por Angela Maria Cosentino, traducción del italiano por Inma Álvarez]
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